Especial actualización CTE II
Ya está aquí la segunda parte de nuestro Especial CTE, en el que seguimos profundizando en su nueva situación y todos los cambios que se han producido en él.
Hemos mencionado ya en nuestro Especial actualización CTE I que esta modificación afecta directamente a la calidad térmica de la envolvente ya que aumentan sus exigencias de aislamiento. Y que estas modificaciones influyen directamente en las ventanas, ya que éstas son unas de las partes principales de la misma.
Y con todos estos cambios, ¿por dónde empezar un proyecto? El CTE, en su Apéndice E, establece unos valores orientativos de los parámetros característicos de la envolvente térmica para que el proyectista pueda iniciar su trabajo. Esta tabla establece el rango la transmitancia térmica adecuada para los huecos de las diferentes zonas climáticas en función de la captación solar que reciben dichos huecos, pudiendo ser ésta de un nivel bajo, medio o alto:
Eso sí teniendo en cuenta siempre que para llegar a cumplir con esta normativa y alcanzar la eficiencia requerida, además de cumplir con estos valores detransmitancia, también deberá mantener un porcentaje mínimo de energía procedente de fuentes renovables y con un porcentaje máximo de energía anual que los edificios podrán demandar por m2.
Aquí podéis encontrar más información acerca de cómo se deben introducir los aspectos relativos al hueco en el modelo informático para el cálculo de la demanda energética de los datos del hueco en el proceso de caracterización de un edificio.
Y, ¿a quién afecta y cuándo entra en vigor?
- Esta normativa solo se debe tener en cuenta cuando se realicen obras de nueva construcción, rehabilitación o reformas en la envolvente o en las instalaciones, es decir, que no afectará en ningún caso a aquellas viviendas existentes que no lleven a cabo un proceso de rehabilitación.
- Es obligatoria para las obras de nueva construcción y para las intervenciones en edificios existentes para las que se solicite licencia municipal de obra a partir de los seis meses de su entrada en vigor, momento a partir del cual el nuevo Código se aplicará a cualquier proyecto que solicite licencia de obra.
- Y es de aplicación potestativa, es decir que queda a elección del usuario, para las obras de nueva construcción y para las intervenciones en edificios existentes para las que se solicite licencia municipal de obra hasta los seis meses de la entrada en vigor. Pero para que se pueda quedar al margen de esta normativa es necesario que la obra empiece dentro de este plazo o en su defecto hasta nueve meses a partir de la fecha de otorgamiento de la vivienda.
En KÖMMERLING celebramos este gran avance para el sector y, aunque aún queda mucho camino por recorrer, sin duda se trata de un significativo paso adelante con el que nos acercamos un poquito más al objetivo de garantizar ventanas de calidad y cumplir el Objetivo 20-20-20.
Más información sobre la actualización del CTE aquí.