Plan Renove de ventanas Valencia 2017 | KÖMMERLING

Plan Renove de ventanas Valencia 2017

Más comunidades se suman los Planes Renove de ventanas 2017. En este caso, la Comunidad Valenciana abre el plazo de adhesión del 6 de marzo hasta el 30 de junio, si bien los instaladores o empresas instaladoras tendrán hasta el 31 de mayo de 2017 para unirse a este nuevo plan

02 Mar 2017
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Toda la información sobre este atractivo plan de renovación de ventanas y puertas-ventana (acristalamiento, marco y premarco):

DESTINATARIOS Y PLAZOS

El plan se establece para personas físicas, usufructuarias o arrendatarias de viviendas ubicadas en la Comunitat Valenciana.

La presentación de solicitudes por parte de particulares, se puede realizar desde el 6 de marzo de 2017 hasta el 30 de junio de 2017.

Por otro lado, los instaladores y empresas instaladoras pueden adherirse desde este mismo momento al plan hasta el 31 de mayo de 2017.

CUANTÍA DE LA AYUDA

Los fondos destinados al Plan Renove para el cambio de ventanas 2017, ascienden a 750.000 euros y los destinatarios podrán adherirse siempre y cuando queden fondos disponibles.

La cuantía de la ayuda individual será como máximo de 90 €/m2 para renovaciones completas de las ventanas o puertas-ventana (acristalamiento, marco y premarco). La ayuda se compone de 2 partes:

- La aportación del IVACE que será como máximo de 75 €/m2 y que se ingresarán en la cuenta bancaria del solicitante tras verificar la documentación.

- La aportación de la empresa instaladora que consistirá en un descuento de 15 €/m2 que se realizará directamente en la factura (antes de aplicar el IVA).

La cuantía de la ayuda para la adquisición de los diferentes elementos (acristalamiento, marco, premarco e instalación), no podrá suponer en ningún caso una reducción del precio del mismo superior al 30% del coste del acristalamiento, marco, premarco y montaje (IVA incluido y descontada la aportación del instalador), por lo que se deberá reducir en su caso la cuantía de la ayuda hasta dicho límite.

Asimismo la cuantía de ayuda máxima será de 3.000 € por vivienda.

 

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

La renovación de ventanas y puertas-ventana (acristalamiento, marco y premarco) en viviendas que cumplan con las siguientes especificaciones técnicas:

-Las ventanas y puertas ventana deberán formar parte de los cerramientos a exterior de la vivienda (que separen los recintos o estancias calefactados o refrigerados del ambiente exterior).

-Los acristalamientos a sustituir deberán ser acristalamiento simple. En el caso de sustitución de ventanas y puertas-ventanas correderas ineficientes térmicamente, los acristalamientos existentes podrán ser simples o dobles.

-Las nuevas ventanas y/o puertas-ventana deberán contar con marcado CE.

-Las nuevas ventanas y/o puertas-ventana tendrán una permeabilidad al aire ≤ 27 m3/h•m2 a 100 Pa (Clase 2 o superior) según norma UNE-EN 12207.

- Las características térmicas de las nuevas ventanas y puertas ventana deberán ser dependiendo de la clasificación de poblaciones recogidas en el Anexo I, las detalladas en la siguiente tabla:

 

 No será motivo de subvención:

- Renovaciones de ventanas y puertas-ventana que conlleven a un aumento de la superficie acristalada en más de un 25%.

- Los cerramientos acristalados que se coloquen o renueven con la finalidad de cerrar terrazas, balcones o galerías, o amplie la superficie habitable de la vivienda, ya que estos suponen una modificación y no una rehabilitación térmica del edificio.

- La renovación de ventanas o puertas-ventana interiores ubicados en cerramientos en contacto con espacios habitables.

- La renovación de los marcos o acristalamientos únicamente.

- La instalación o renovación de persianas, dispositivos de lamas, toldos, “films” o “screens” de protección solar

- Se considerarán sólo proyectos cuya inversión sea superior a 1.000 €, IVA no incluido.

- No podrán acogerse a las presentes ayudas las inversiones realizadas con anterioridad a la fecha de inicio de la campaña.

DOCUMENTACIÓN PARA LA ADHESIÓN

PARTICULARES

Una vez el beneficiario decida llevar a cabo este cambio, se pondrá en contacto con una empresa o comercio adherido al Plan.

La empresa instaladora, tramitará de forma telemática a través de su acceso privado a la web planrenove.gva.es la solicitud del beneficiario, adjuntado la documentación necesaria para su correcta adhesión.

Esta solicitud debe ser correctamente cumplimentada y estar acompañada por datos de identidad del solicitante (fotocopia del DNI/NIE), declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la seguridad social (incluida en la solicitud normalizada) y el presupuesto aceptado por el mismo. En este momento, se le otorgará un número de expediente y una fecha de registro, que se tendrá en cuenta como criterio de concesión de las ayudas. Una vez cumplimentada correctamente, la solicitud deberá ser firmada por el comprador y el instalador/empresa instaladora, quedándose el beneficiario con una copia como justificante de la sustitución realizada y adjuntando una copia a la plataforma.

El instalador o empresa instaladora ha de descontar de la base imponible de la factura, la parte correspondiente a su aportación, es decir le aplicará al beneficiario un descuento de 50 euros.

Tras este trámite y la aportación de toda la documentación por vía telemática, desde la oficina de campaña se verificará que el solicitante cumple con todos los requisitos necesarios para adherirse al Plan y que la documentación es correcta. En caso de que los interesados tengan que subsanar dicha documentación, deberán hacerlo en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación. Si la documentación no es entregada en ese plazo, se eliminará su solicitud. Todos los datos, documentos o informes complementarios al cambio de ventanas deben ser guardados tanto por la empresa instaladora como por el beneficiario, ya que el propio IVACE como la oficina de campaña pueden solicitarlos en caso de que resulten necesarios para comprobación d ela actuación realizada.

Una vez concedida la ayuda, el IVACE realizará el pago de la ayuda que corresponda en la cuenta bancaria que el beneficiario haya indicado en la documentación presentada en la solicitud de ayudas.

Con el fin de que los beneficiarios de las ayudas tengan conocimiento del contenido integro de la resolución de concesión de las ayudas, se publicará a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones y podrá consultarse en http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index, en esta misma página del IVACE y en la página web específica del plan (planrenove.gva.es).

INSTALADORES O EMPRESAS INSTALADORAS

Para adherirse al plan, deberán rellenar la ficha de adhesión disponible en la página web planrenove.gva.es, así como adjuntar la documentación que se especifica en dicha solicitud y enviarlo todo al correo renove_ventanas@gva.es  

La adhesión de comercios y empresas instaladoras está abierta hasta el 31 de mayo de 2017. El listado de los adheridos se publicará en la página web informativa de los Planes Renove de IVACE y también estará disponible en la oficina de campaña.

Para más información pueden contactar en el teléfono 900 90 14 28 en un horario de 9 a 14 y de 16 a 19 horas o si lo prefieren a través de correo electrónico: info_renove@gva.es

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