Plan Renove de ventanas Valencia 2018 | KÖMMERLING

Plan Renove de ventanas Valencia 2018

Un año más la Generalitat Valenciana ha puesto en marcha el Plan RENHATA, que incluye el Plan Renove de Ventanas 2018, cuyo objetivo es promover el ahorro energético en los hogares de las Comunidad Valenciana. El plazo de inscripción para propietarios es del 29 de enero al 14 de junio, mientras que para los instaladores y empresas instaladoras finalizará el 15 de mayo, un mes antes.

12 Feb 2018
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DESTINATARIOS Y PLAZOS:

El plan va dirigido a personas físicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de una vivienda de ocupación habitual ubicada en la Comunidad Valenciana.

El plazo de adhesión para particulares se puede realizar desde el 29 de enero de 2018 hasta el 14 de junio de 2018, mientras que los instaladores y empresas instaladoras disponen de un mes menos para realizar la solicitud, finalizando su plazo de adhesión el 15 de mayo de 2018.

CUANTÍA DE LA AYUDA:

Los fondos destinados al Plan Renove para el cambio de ventanas 2018, ascienden a 850.000 euros, siendo un requisito indispensable que la persona o empresa instaladora adherida al Plan Renove de Ventanas, realice la instalación completa de las ventanas.

Mientras que la cuantía de la ayuda individual será como máximo de 75 €/m2 para renovaciones completas de las ventanas o puertas-ventanas (acristalamiento, marco y premarco), en el caso del comercio o empresa instaladora adherida, la aportación consistirá en un descuento en la factura (antes de aplicar IVA) de 15 €/m2en el momento de la instalación.

La cuantía de la ayuda aportada por el IVACE no podrá suponer en ningún caso el 30% del coste subvencionable, siendo de 3.000 euros la cuantía de ayuda máxima que podrá otorgarse por vivienda en la que se sustituyan las ventanas y puertas-ventana.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:

La renovación de ventanas y puertas-ventana (acristalamiento, marco y premarco) en viviendas que cumplan con las siguientes especificaciones técnicas:

- Las ventanas y puertas-ventana deberán formar parte de los cerramientos a exterior de la vivienda (que separen los recintos o estancias calefactados o refrigerados del ambiente exterior).

- Los acristalamientos a sustituir deberán ser de acristalamiento simple. En el caso de sustitución de ventanas y puertas-ventanas correderas ineficientes térmicamente, los acristalamientos existentes podrán ser simples o dobles.

- Las nuevas ventanas deberán contar con marcado CE.

- Las nuevas ventanas tendrán una permeabilidad al aire ≤ 27 m3/h.m2 a 100 Pa (Clase 2 o superior) según norma UNE-EN 12207

- Las características térmicas de las nuevas ventanas y puertas ventana deberán ser dependiendo de la clasificación de poblaciones recogidas en el Anexo I de la convocatoria de ayudas, las detalladas en la siguiente tabla:

Siendo requisito indispensable que la persona o empresa instaladora adherida al Plan Renove de Ventanas realice la instalación completa de las ventanas, no será motivo de subvención:

- Renovaciones de ventanas y puertas-ventana que conlleven a un aumento de la superficie acristalada en más de un 25%.

- Los cerramientos acristalados que se coloquen o renueven con la finalidad de cerrar terrazas, balcones o galerías, o amplie la superficie habitable de la vivienda.

- La renovación de ventanas o puertas-ventana interiores ubicados en cerramientos en contacto con espacios habitables.

- La renovación de los marcos o acristalamientos únicamente.

- La instalación o renovación de persianas, dispositivos de lamas, toldos, “films” o “screens” de protección solar.

- Se considerarán sólo proyectos cuyo coste subvencionable sea superior a 1.000 €.

- No podrán acogerse a las presentes ayudas las renovaciones realizadas con anterioridad al 29 de enero de 2018.

DOCUMENTACIÓN PARA LA ADHESIÓN

PARTICULARES:

Una vez el beneficiario decida llevar a cabo la renovación de las ventanas y/o puertas-ventana, se pondrá en contacto con un comercio o empresa instaladora adherida al Plan, las cuáles se pueden consultar en www.planrenove.ivace.es

La empresa instaladora, en nombre del solicitante, tramitará de manera telemática la solicitud, considerándose cursada cuando el impreso de solicitud esté debidamente cumplimentado, y se acompañen los datos de identidad del solicitante (fotocopia del DNI/NIE), declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones  tributarias y de la seguridad social (incluida en la solicitud normalizada) y el presupuesto aceptado por el mismo. En este momento, se le otorgará un número de expediente y una fecha de registro, que se tendrá en cuenta como criterio de concesión de las ayudas.

Una vez cumplimentada correctamente, la solicitud deberá ser firmada por el comprador y el instalador/empresa instaladora, quedándose el beneficiario con una copia como justificante de la sustitución realizada y adjuntando una copia a la plataforma.

Es importante resaltar, que el instalador o empresa instaladora ha de descontar de la base imponible de la factura, la parte correspondiente a su aportación, es decir le aplicará al beneficiario un descuento de 50 euros.

Una vez aportada toda la documentación por parte de la empresa instaladora, desde la oficina de campaña se verificará que el solicitante cumple con todos los requisitos establecidos en la convocatoria, comprobando toda la documentación presentada. En el caso de que se encuentre incompleta, los interesados dispondrán de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación, para subsanar el error.

La resolución de las ayudas se publicará a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones y podrá consultarse en www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index, en la página web del IVACE www.ivace.es y en la página web específica del plan (planrenove.ivace.es).

Una vez concedida la ayuda, el IVACE realizará el pago de la ayuda que corresponda en la cuenta bancaria que el beneficiario haya indicado en la documentación presentada en la solicitud de ayudas.

INSTALADORES O EMPRESAS INSTALADORAS:

Para adherirse al plan, deberán hacer entrega a través de la plataforma web informativa de los Planes Renove Renhata del IVACE (planrenove.ivace.es), de la correspondiente ficha de adhesión debidamente cumplimentada según modelo normalizado, así como de la documentación adjunta que se especifique en la ficha de adhesión.

El listado de los comercios y empresas instaladoras adheridas se publicará en la página web informativa de los Planes Renove que promueve el IVACE y se encontrará disponible en la oficina de campaña.

Para más información pueden contactar en el teléfono 900 834 959 en un horario de 9 a 14 y de 16 a 19 horas, siendo los viernes de 9 a 14 horas el horario de consulta. También pueden informarse a través del correo electrónico: info_renove@gva.es

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